jueves, 12 de diciembre de 2013


Respuesta a Julio Enrique Carrascal Puentes (Algo de su texto: " ... Se parte de que Petro, como funcionario público debe aceptar las decisiones de la institucionalidad existente y por tanto, se justifica y legitima la destitución.

Proporción es disposición o correspondencia entre las cosas. Igualdad de dos razones. Antonio Navarro ... ha empleado la decencia para decirle elegantemente al Procurador prevaricador, injusto, abusador, autoritario, discriminador")

NUESTRO PUNTO DE VISTA: Supongamos que Petro merezca una SANCIÓN ADMINISTRATIVA, por equivocaciones en el ejercicio de sus funciones públicas (NO POR CORRUPCIÓN, sino por una decisión controvertible) ¿POR QUÉ DICHA SANCIÓN HA DE IR MÁS ALLÁ DE SU PERIODO DE ALCALDE, Y CUBRIR CASI EL RESTO DE SU VIDA POLÍTICA PLENA? O ¿ES QUE PARA UD. 15 AÑOS NO SON NADA, como "dice" la canción?. Por ejemplo, en 5 años Petro podría doctorarse en Administración Pública en Harvard y llegar a ser el administrador que todos quieren. Le quedarían, todavía, 10 años para aplicar sus conocimientos. Se ve, entonces, un claro propósito de arruinarlo. En Popayán tuvimos tres o más semanas de basuras tiradas en las calles por el cierre del basurero. Y eso no conllevó una mínima sanción al Alcalde. Luego ¿de qué ecuanimidad estamos hablando?

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